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Federación de Criadores  de Caballos Chilenos Fedetración del Rodeo Chileno
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POLITICA DE BIENESTAR ANIMAL DE LA FEDERACION DEPORTIVA NACIONAL DEL RODEO CHILENO

Revisa esta declaración fundamental de nuestra entidad rectora.

POLITICA BIENESTAR ANIMAL

FEDERACION DEPORTIVA NACIONAL DEL RODEO CHILENO

- [Texto] DESCARGA ACÁ EL MANUAL DE BIENESTAR ANIMAL DE LA FEDERACIÓN DEL RODEO CHILENO

OBJETIVOS DE LA POLITICA

 

 

PRINCIPIOS GENERALES

1. Los animales utilizados en el rodeo chileno reciben un trato según lo dispone la Ley N°18.755 modificada por la Ley N°19283 Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) y el Decreto N° 240 de 1993 Reglamento General de Transporte de Ganado y Carne Bovina del Ministerio de Agricultura.

2. La Federación del Rodeo promueve entre sus asociaciones y clubes fomentar el cumplimiento y seguimiento adecuado de las normas que aseguran el bienestar animal.

3. Todo rodeo federado debe contar con condiciones e infraestructura que minimicen los impactos sobre el bienestar de los animales que participan en un rodeo.

4. Todos los actores involucrados en la organización de un rodeo (proveedores, organizadores, competidores, jueces) deben cumplir con la legislación vigente que resguarda el bienestar animal.

5. La Federación promoverá reglas especialmente diseñadas para minimizar el riesgo de lesiones en la competencia y que complementen la legislación vigente.

6. Los clubes, dirigentes, jueces y competidores deben tener un alto nivel de conocimiento de estas normas, y asegurarse del bienestar de los animales utilizados en el rodeo.

7. Las Asociaciones deben vigilar el cumplimiento de las reglas y hacerlas cumplir como sea necesario, además de promover activamente su cumplimiento con todos los involucrados en la gestión de un rodeo.

 

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